PROCESOS PELIGROSOS PSICOLABORALES EN EL TELETRABAJO EN TIEMPOS DE CORONAVIRUS

 


 

El surgimiento y propagación del coronavirus, hasta convertirse en una pandemia, trastoco toda la comunidad mundial. Las relaciones sociales se han visto afectadas, transformándose las formas de relación tradicionales en maneras inéditas de  interacción con consecuencias biopsicosociales positivas y negativas. No escapa a esto las actividades laborales, las cuales han pasado, en muchos casos, de trabajo presencial a trabajo virtual o teletrabajo.

Al ser este tipo de teletrabajo una actividad laboral emergente a partir de la pandemia y la cuarentena, los riesgos a la salud que surgen al realizar esta labor también son emergentes, lo que quiere decir que conocemos poco sobre cómo afectan a la salud, sobre cuáles son las condiciones de exposición que pueden afectarnos y cuáles son los procesos peligrosos que se configuran. Por lo cual, nos interesa desde la Seguridad y Salud Laboral conocer cómo se está conformando este tipo de trabajo.

El teletrabajo tiene sus orígenes como categoría conceptual gracias al físico Jack Nilles, quien en 1973, en los EEUU, propuso llevar el trabajo al trabajador como una manera de solucionar, en esa época, la problemática del alto consumo de combustible en los traslados de los trabajadores a sus centros de trabajo y desde estos a sus hogares. Sin embargo, no existía para la fecha la tecnología suficiente para llevar a cabo este proceso. Sin embargo, el teletrabajo como actividad laboral se venía ejerciendo desde la invención del telégrafo, el teléfono y la radio.

Las características principales del teletrabajo son:

.- Es una actividad laboral realizada a distancia, siendo mayormente virtual.

.- Uso de las tecnologías de información y comunicación.

.- La actividad telelaboral y las condiciones de trabajo son organizadas y reguladas por el trabajador o trabajadora.

.- Cada actividad laboral, los tiempos de entrega o culminación del servicio o producto determina cómo se gestiona el teletrabajo.

.- Aunque el teletrabajo esta institucionalizado en diversos países y en muchas entidades de trabajo y emprendimientos, la cuarentena ha obligado a desplazar el trabajo presencial por el trabajo a distancia o trabajo virtualizado.   

.- En Venezuela no existe normativa que regule expresamente las formalidades bajo las cuales debe regirse el teletrabajo surgido a raíz de la pandemia, por lo que mayormente queda a discrecionalidad del trabajador o trabajadora la gestión de las condiciones de trabajo bajo las cuales se realizará esta actividad laboral. Por otra parte, la falta de regulación en cuanto a las condiciones de seguridad y salud laboral para este tipo de trabajo dificulta establecer los procedimientos necesarios para la identificación, evaluación y control de los procesos peligrosos que surjan de este actividad, sumado a la dificultad de inspeccionar los hogares desde donde se realiza el teletrabajo. Sin embargo, la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), establece en el artículo 209 una normativa que pudiese regularlo, abordando los siguientes aspectos:

.- Personas que realicen un trabajo remunerado a domicilio.

.- Bajo dependencia de uno o varios patronos o patronas, sin supervisión directa.

.- Utilizan materiales e instrumentos de trabajo propios o suministrados por el patrono o patrona.

            Partiendo de estos parámetros se pudiese constituir un marco legal que apunte hacia la reglamentación de las condiciones de trabajo en cuanto a la seguridad y salud laboral y los aspectos socioeconómicos del teletrabajo surgido a raíz de la pandemia.

            El teletrabajo se puede caracterizar según el nivel de autonomía del teletrabajador o teletrabajadora y según el espacio desde el cual se realiza.  

 

            Una característica importante del teletrabajo es el uso de las tecnologías de información y comunicación como medio o instrumento de trabajo principal.

 

El teletrabajo como actividad laboral viene realizándose desde varias décadas atrás en distintos ámbitos y en diversas actividades que no necesariamente requerían la presencia física del trabajador o trabajadora en un centro de trabajo; sin embargo, a raíz de la pandemia muchas entidades de trabajo se vieron obligadas e impulsadas a optar por esta modalidad laboral si querían mantener su actividad productiva. De manera que se ha resultado en una masificación del teletrabajo.

Esta traslocación laboral ha empujado a la emigración del trabajo presencial al teletrabajo generando el surgimiento de procesos positivos laborales que se direccionan hacia el polo saludable del proceso trabajo-salud-enfermedad; paralelamente, también han ido emergiendo procesos peligrosos psicolaborales que originan cargas de trabajo que vulneran la seguridad, salud y bienestar de los trabajadores y trabajadoras que se han visto obligados ejercer esta nueva actividad laboral. 

Los aspectos que caracterizan las condiciones de trabajo en el teletrabajo que posibilitan el surgimiento de procesos peligrosos psicolaborales  podemos visualizar en los siguientes gráficos:


La carga de trabajo está determinada por los siguientes factores:


También conforman la carga de trabajo el espacio físico desde el cual se lleva a cabo el teletrabajo y los dispositivos electrónicos y programas informáticos empleados.

La carga de trabajo mental comprende las exigencias y demandas psicológicas derivadas del teletrabajo en cuanto a la planificación y procesamiento de la información necesaria para realizar distintas tareas laborales. Aparejado a estas actividades y dependiendo del tipo de teletrabajo que se lleve a cabo, está la carga emocional o traumática proveniente de la prestación del servicio o la elaboración del producto. La carga de trabajo mental  la podemos dividir en los siguientes factores:

 

La carga familiar se refiere a los requerimientos de atención que exijan los miembros de la familia al teletrabajador o teletrabajadora. Estas demandas varían en función del rol que cumple el trabajador o trabajadora en el seno de la familia. Por otra parte, también están las demandas de las actividades propias del hogar como las labores de mantenimiento e higiene de la vivienda y vestimentas, la preparación de las comidas, entre otras. 

 

En la carga familiar las diferencias de género inciden en las formas como se gestionará el teletrabajo, y, por lo general, enuncian que la mujer se verá expuesta a la doble presencia, ya que tendrá que atender las exigencias y demandas familiares simultáneamente, en muchos casos, con la actividad del teletrabajo. Esto se acentúa si existen infantes en el hogar. Conjugado a estos factores está el tipo de familia; si es una familia monoparental, con presencia de ambos padres o extendida, supondrá una mayor o menor carga de trabajo en el miembro de la familia que realice el teletrabajo. 

Aunado a estos elementos se suma:


Estos problemas conexos generan una carga de trabajo adicional, configurándose igualmente como procesos peligrosos.

Al analizar todos estos elementos Laboral podemos identificar distintos procesos peligrosos psicolaborales que pueden afectar la salud biopsicosocial de los trabajadores y trabajadoras migrantes hacia el trabajo virtual. Entre estos procesos están:

.- Impacto psicológico de la emigración al teletrabajo.

.- La falta de preparación y el tener que aprender sobre la marcha.

.- El confinamiento producto de la cuarentena y el aislamiento laboral.

.- La adicción cibernética producto del uso de las tics.

.- La doble presencia: teletrabajo y trabajo doméstico casi simultaneo.

.- Situaciones de mayor contacto y roce familiar.

.- Los esfuerzos atencionales y de procesamiento de la información.

.- Las exigencias psicológicas debidas a la dificultad de la actividad laboral y cantidad de trabajo a realizar.

.- Las dificultades surgidas por la conexión a internet o la energía eléctrica.

.- Las fallas técnicas en el hardware o software empleado.

.-  Las demandas y exigencias de atención a los demás miembros de la familia.

La combinación de la carga de trabajo, de la carga mental y la carga familiar derivada del teletrabajo por migración del trabajo presencial son procesos a estudiar desde la Psicología de la Seguridad y Salud Laboral, no solo los procesos peligrosos surgidos a raíz de esta traslocación laboral sino también los procesos positivos que implica la realización del trabajo virtual en época de pandemia.